hace 4 años
28 de agosto de 2020
El Fiscal Jefe de Castro, Enrique Canales Briones, apuntó en que para la Fiscalía se trata de una víctima que “una situación de cronicidad en las agresiones que se extendieron por varios años y que le causaron un profundo daño en su desarrollo”.
Una pena privativa de libertad de 6 años de cárcel efectiva, fue dictada este miércoles 26 en Castro en el marco del segundo juicio oral por vía virtual que se realiza en Chiloé. En la oportunidad se estimó por acreditado con la prueba presentada por la Fiscalía que el acusado José Sebastián Licán Quicel es autor del delito continuado de violación impropia, previsto y sancionado en el artículo 362 del Código Penal, cometido en grado de desarrollo consumado entre los años 2009 a 2016. La víctima, al inicio de las agresiones sexuales, contaba con sólo 7 años de edad. Respecto de un delito cometido con posterioridad a que la niña cumpliera 14 años, éste fue absuelto por el tribunal.
El Fiscal Jefe de Castro, Enrique Canales Briones, apuntó en que para la Fiscalía se trata de una víctima que “una situación de cronicidad en las agresiones que se extendieron por varios años y que le causaron un profundo daño en su desarrollo”. El persecutor señaló que durante el juicio oral se rindió prueba que a juicio de la Fiscalía era “suficientemente contundente para poder acreditar estos delitos y también la participación de la persona acusada. Así fue acogido por el tribunal de manera parcial en el veredicto donde se condenó por el delito de violación impropia de menor de 14 años y sí se absolvió por el delito de mayor de 14 años, por estimar que la prueba rendida respecto de ese delito en particular no había logrado superar la presunción de inocencia”.
Uno de los aspectos en que hizo hincapié el representante del Ministerio Público es “la valentía que tuvo la víctima para poder enfrentar al tribunal, contar lo que ella vivenció durante largos años y que, como ya he dicho, le generó un profundo daño que se sostiene hasta el día de hoy, como acreditaron los peritos psicólogos que depusieron en el juicio, entregando de esta forma elementos suficientes al tribunal para poder valorar ese testimonio como creíble, contundente, coherente y además permitir que con el resto de prueba rendida que tenía por objeto corroborar los dichos de la víctima, se pudiera alcanzar la convicción de condena”.
Finalmente, el Fiscal Enrique Canales indicó que lo resuelto por el Tribunal Oral “no fue lo que se esperaba al momento de acusar” y que tras recibir la sentencia, “es necesario su análisis en profundidad si existe algún vicio que sea susceptible de ser impugnado ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt”.
JUICIOS ORALES VIRTUALES
Más allá del tipo de delito que fue el centro de este juicio oral, esta instancia contó con la característica de ser el segundo en la provincia de Chiloé que se realiza de manera virtual a través de la plataforma Zoom.
“Se ha convertido esto en un desafío que hemos debido asumir todos los fiscales de la República, ante la situación de excepción en que nos encontramos por la pandemia, pero que se ha convertido de manera contradictoria en la forma general en que debemos asumir este trabajo y todos los fiscales nos hemos preparado para que efectivamente esto pueda salir adelante, que no estanque el proceso de la justicia criminal en nuestro país, porque los temas que debemos abordar son de alta importancia y de la más alta prioridad. Así las cosas, hemos asumido este desafío, hemos desarrollado y puesto en marcha todos los elementos tecnológicos y recursos humanos disponibles para facilitar la comparecencia de nuestras víctimas, de los testigos, de los peritos ante el tribunal oral y, por lo tanto, hay que destacar que se haya podido realizar este segundo juicio en el Tribunal Oral de Castro con la modalidad remota y que en este caso, con un delito sexual se ha obtenido una sentencia condenatoria”.
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