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Al igual que los parlamentarios, los convencionales constituyentes sólo pueden dejar su cargo por una enfermedad grave. Pero no es el caso de Rodrigo Rojas, que –hace 2 semanas- fue dejado en evidencia por el diario La Tercera: Nunca tuvo cáncer ni se sometió a ningún tratamiento oncológico. Por lo tanto, mintió también en su Declaración de Patrimonio, cuando informó una deuda de 27 millones de pesos con un banco, por quimioterapias.


Y pese a que no hay ninguna otra causal para renunciar, Rodrigo Rojas anunció que no acudirá a ninguna sesión de la Convención Constitucional, ya sea presencial o telemática. Y tampoco, según declaró en su cuenta de Instagram, recibirá pago alguno por las sesiones en las que no se presentó.


Uno de los vicepresidentes adjuntos, Pedro Muñoz, (representante de la Región de Los Ríos) confirmó que el cuestionado constituyente aún no presenta un documento oficial de renuncia y agregó que se enteraron sólo por redes sociales y medios de comunicación de su decisión.


¿Puede un integrante de la CC renunciar?


El abogado, académico en derecho constitucional, Francisco Zambrano dijo a Radio Biobío que aplica el mismo reglamento de la Constitución Política que para diputados y senadores, es decir, sólo se acepta una renuncia en caso de que una persona tenga una enfermedad grave que impida que ejerza en el cargo, situación que no aplica para Rodrigo Rojas.

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