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Ver fallos 18 de julio de 2023 Corte de Apelaciones de Valdivia Corte de Valdivia confirma fallo que condenó a radioemisora por imputar a excapitán de Ejército un delito que no cometió La Corte de Valdivia rechazó el recurso de apelación interpuesto por la Sociedad Agrícola y Ganadera de Osorno A.G., propietaria de la radio Sago, en contra de la sentencia que le ordenó indemnizar a Carlos Andrés Nazrala Harcha, excapitán de Ejercito, a quien el medio de comunicación, a través de una publicación en página web, en febrero de 2017, lo sindicó responsabilidad en una estafa piramidal al interior de la rama castrense, causa en la cual resultaron condenados un hermano y la madre del demandante, en calidad de autor y cómplice del ilícito, respectivamente. En fallo unánime (causa rol 379-2023), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Ignacio Correa Rosado, Samuel Muñoz Weisz y María Soledad Piñeiro Fuenzalida– confirmó la sentencia apelada, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Osorno, que acogió parcialmente la demanda del exuniformado, tras establecer que el medio de comunicación no respetó la presunción de inocencia. “Se CONFIRMA la sentencia apelada de fecha once de Marzo de dos mil veintitrés, de folio N° 65 pronunciada por el Primer Juzgado de Letras de Osorno”, consigna el fallo. La resolución de primera instancia ratificada estableció que: “Es indiscutible que el 16 de febrero de 2017 SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA DE OSORNO A. G., a través de la página web www.radiosago.cl, publicó la siguiente noticia: ´ESTAFA PIRAMIDAL QUEDÓ AL DESCUBIERTO AL INTERIOR DE REGIMIENTO SANGRA´. Según los antecedentes indagados de manera exclusiva por Radio Sago, se indica que la estafa piramidal comenzó a operar en el mes de diciembre del año 2015, siguiendo al año 2016, la cual era liderada por el capitán de ejercito del Regimiento número 12 Sangra, Carlos Nazrala Harcha (…)”. “Está probado que antes, el 9 de diciembre de 2016, CARLOS ANDRÉS NAZRALA HARCHA había interpuesto querella por el delito de estafa en contra de su hermano Rodrigo Ismael Nazrala Harcha, y de su madre Mónica Gladys Harcha Mucarquer; quienes finalmente fueron condenados en RIT 9.717-2.016, por el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, como autor y cómplice del delito consumado de estafa, en carácter de reiterado, en concurso con el delito consumado de dedicación al giro bancario de captación habitual de dinero del público, sin autorización legal. Emana también que CARLOS ANDRÉS NAZRALA HARCHA no fue condenado por delito alguno a raíz de los hechos”, añade el fallo confirmado. “La publicación –prosigue– de SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA DE OSORNO A. G., primera en referirse a los hechos, fue imprudente, pues aseguró que CARLOS ANDRÉS NAZRALA HARCHA era el líder de la estafa, en circunstancias que había una investigación en desarrollo, y que los órganos competentes aún no habían emitido una decisión”. Por tanto, se resolvió que: “SE ACOGE PARCIALMENTE LA DEMANDA y, en consecuencia, se declara que la demandada SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA DE OSORNO A. G. deberá pagar al demandante CARLOS ANDRÉS NAZRALA HARCHA la suma de $7.000.000 por concepto de daño moral; más intereses corrientes desde que la sentencia quede ejecutoriada; sin costas, por haber litigado con motivo plausible, y no haber sido totalmente vencida”. 

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