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Según la Resolución Excenta 3636, el Ministerio de Justicia rechazó la solicitud de la "Iglesia Templo de Satán: Satanistas y Luciferinos de Chile" debido a que su objeto y actividades contrarían el orden público y el ordenamiento jurídico vigente. 

La decisión destaca los riesgos que representa esta organización para la seguridad, la familia y la moralidad pública. 

El Ministerio de Justicia rechazó la solicitud de la "Iglesia Templo de Satán: Satanistas y Luciferinos de Chile" para obtener reconocimiento legal como entidad religiosa, debido a que sus prácticas y doctrinas contravienen el orden público y la ley.

Entre las razones que llevaron a esta decisión se encuentran la promoción de la autotutela y rituales que incluyen sacrificios humanos, así como la posible promoción de delitos a través de sus rituales, que incluyen prácticas de tipo sexual y otros de naturaleza destructiva.

Además, se advirtió sobre la utilización de mujeres desnudas en los rituales, lo que va en contra de los principios de derechos humanos y el compromiso del Estado con la erradicación de la violencia de género. 

La resolución del Ministerio de Justicia también destaca que la organización no cumple con los requisitos establecidos en la Ley de Entidades Religiosas, por lo que no puede registrarse como una entidad religiosa legalmente reconocida en Chile. 

Es importante destacar que la Corte de Apelaciones de Santiago también rechazó un recurso de protección presentado por la organización, argumentando que no se siguió el procedimiento correspondiente y que no existe un derecho preexistente que pudiera ser protegido bajo esta vía legal.

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